Scioli se va quedando solo
Miércoles 29 de octubre de 2008, por
Carlos FanjulLa propuesta del gobernador bonaerense, Daniel Scioli, de bajar la edad de imputabilidad de los jóvenes para combatir a la inseguridad, recibió el rechazo de amplios y variados sectores de la vida política y jurídica del país. Lo curioso es que también se distanciaron de su idea la presidente de la Nación, el ministro nacional de Justicia y hasta miembros de su propio gabinete.
Hasta la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, salió al cruce del vapuleado titular del Poder Ejecutivo provincial. “No se combate la inseguridad con leyes más terribles y más duras”, aseguró la primera dama, a manera de reto de su lugarteniente bonaerense.
También Anibal Fernández, ministro de Justicia de la Nación salió a poner freno al proyecto de bajar la edad de imputabilidad de los chicos menores de edad. A través del ministro de Justicia, Aníbal Fernández, fustigó, sin dar nombres, a "charlatanes que venden recetas mágicas y que le mienten a la gente". Las definiciones de Fernández cobran una fuerte trascendencia política, ya que quien impulsa esa medida es el gobernador Daniel Scioli, quien a través de sus ministros iniciará hoy contactos con diputados nacionales en busca de que el Congreso apruebe esa reforma al Código Penal para que los chicos menores de 14 años puedan ser juzgados penalmente.
Pese a sus dichos filosos, el ministro aclaró que "no quiero confrontar" con aquellos que opinan distinto y señaló que bajar la edad de imputabilidad "sólo generará que haya más pibes detenidos". "Hay que atacar la causa y no el efecto", sostuvo el ministro y expresó que "hay que tener una ley adecuada para la delincuencia juvenil". Y tras remarcar que desde el ministerio "hacemos muchísimo para mejorar la seguridad, como las inversiones en personal y elementos tecnológicos modernos", indicó que "hay que seguir trabajando para mejorar las políticas preventivas".
Martha Arriola, miembro del gabinete de Scioli, desde la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia, del ministerio de Desarrollo Social “Hay que detenerse a pensar en la responsabilidad de los adultos respecto de la situación que viven los pibes de entre 12 y 20 años, que están en situación de pobreza y de exclusión. A ellos los hacemos vivir en un contexto de violencia diaria, porque es violento el hecho de carecer de todo. Ante eso, los pibes reaccionan y practican las mismas reglas de juegos en que los hacemos vivir. Son víctimas de la sociedad que generamos, que luego cometen delitos. Las estadísticas nos demuestran que la mayoría fue víctima de abuso sexual infantil, o de maltrato de los mayores, y de falta total de atención en materia de salud y educación
En la provincia tenemos un sistema de responsabilidad penal juvenil muy bueno, de avanzada respecto de la ley nacional. Costó muchos años de luchas militantes
En otros lugares del mundo, estos procesos de integración, de inclusión, dan resultados brillantes a la hora de medir los hechos delictivos. Es perversa la actitud en la que nos posicionamos como sociedad. Las cifras que se largan están totalmente afuera de la realidad, hacerlos responsables es una barbaridad.
También Argibay cuestionó la postura de la Provincia
El debate sobre la de edad de imputabilidad de los menores agregó una voz esperada. La ministra de la Corte Suprema de Justicia Carmen Argibay renovó su postura crítica frente a la posibilidad de bajar ese límite.
La discusión volvió a tomar fuerza en los últimos días frente a los reiterados casos de inseguridad y por la iniciativa del gobierno bonaerense de bajar la edad de imputabilidad de los menores que cometen delitos graves.
La jueza calificó ese tipo de propuestas como “reacciones virulentas” que “no dan resultado”. Argibay insistió en la necesidad de impulsar “planes sociales” vinculados con la “educación y la inclusión” de estos menores para evitar que “estén abandonados”. Sostuvo que la solución frente a la inseguridad “no está en bajar la edad (de imputabilidad), ni en subir las penas. Ya se ha demostrado mil veces que esto no da resultados”, advirtió.
La jueza también se refirió al estado crítico de los institutos de menores. “Tampoco es solución decir: Vamos a cerrar los institutos de menores, porque, ¿dónde los vamos a poner? ¿Los vamos a poner en la calle otra vez?”, se preguntó.
“Hay que tener cuidado con esto porque tenemos estas reacciones viscerales sin pensar en las consecuencias. Los institutos así como están no sirven. Hay que hacer otra cosa. Pero, mientras hacemos esta otra cosa, tenemos que pensar dónde ponemos a esos chicos”, afirmó.
Juez Luis Federico Arias
Creo que la propuesta del gobernador no es una solución. Se trata de una medida espasmódica, es una medida desesperada en la agenda instalada.
Surge el interrogante de que medidas tomamos antes para prevenir y para darle asistencia a estos niños. Estamos hablando de un problema social y no podemos vivir criminalizando todas las cuestiones sociales, porque de ese modo vamos a estar vamos a tener más de la mitad de la población en la cárcel
Yo siempre digo que no es verdad que los pobres no tienen acceso a la justicia, sí que lo tienen pero casi siempre solo a la justicia penal. Yo voy a creer en la justicia el día que también vea a empresarios y a funcionarios presos, pero lamentablemente la gran mayoría de la población carcelaria son personas en grave estado de vulnerabilidad
María del Carmen Falbo, procuradora general bonaerense
“En 2004 pidieron endurecer las leyes, ¿y qué arreglaron?”.
Más rechazos:
Carlos Bigalli, ex asesor de menores de San Isidro y actual docente en la Universidad de Buenos Aires (UBA), dijo que lo primero que habría que saber es qué se entiende por “imputabilidad o inimputabilidad”, aunque señaló que “en los discursos del poder, lo que significa en la práctica es aplicar a los menores que no cumplieron los 18 años el régimen penal que se aplica a los adultos, lo que es inconstitucional porque vulnera lo que dice la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, de la que el Estado argentino es garante.
Laura Mussa, asesora de los tribunales de menores de la Capital Federal, criticó las “respuestas espasmódicas, tomadas sobre la emergencia, que ya han fracasado en épocas recientes, y que sólo sirven para que los chicos ingresen muy temprano al sistema penal que tenemos y que tampoco brinda respuestas serias al problema”.
Por su parte, Gustavo Palmieri, abogado del Centro de Estudios Legales y Sociales, (CELS), aseguró que “centrar la atención en la edad de imputabilidad de los menores como principal eje de las políticas de seguridad no tiene coherencia. Es no responder a un problema que tiene que ver con otros causales, principalmente con la falta de políticas preventivas y con la falta de investigación judicial sobre las redes de violencia que tienen como víctimas a esos chicos. Por otro lado, la modificación de la edad de imputabilidad no es decisión de la provincia sino algo que se debe determinar a nivel nacional. Y la realidad es que Argentina está muy lejos de pensar en solucionar la situación penal de sus chicos y jóvenes. Si bien se aprobó la Ley integral de protección y promoción de los derechos del niño, es necesaria una ley penal juvenil con la que se complemente y con la que pueda funcionar correctamente. Así, lo único que se logró fue un vacío penal generando una confusión entre los chicos con problemas asistenciales y los que tienen causas penales que no modificó en nada la situación judicial de los chicos. Hay varios proyectos de ley de responsabilidad penal juvenil en el Congreso nacional, pero están trabados, así que hasta que no se avance en el tema, hablar de bajar la edad de imputabilidad es un despropósito”.
Nora Schulman, Directora ejecutiva del Comité Argentino de la Convención internacional de los Derechos del Niño (Casacidn), opinó que “la inseguridad es algo que preocupa y asusta a la gente. Por eso hay que trabajar en serio para dar soluciones y no responder esporádicamente ante hechos aislados. Medidas como la baja en la edad de imputabilidad sólo apuntan a calmar los ánimos de los habitantes, pero lo que consiguen es alentar el miedo. No hace más de 15 días, Unicef y la Secretaría Nacional de Niñez y Adolescencia presentaron un estudio que demuestra que la mayor cantidad de los delitos graves son cometidos por chicos mayores de 16 años, por ende está claro que no hace falta bajar la edad de imputabilidad. Lo que sí es necesario es implementar un buen sistema de políticas públicas preventivas que apunten a asegurar el cumplimiento de los derechos universales de esos pibes, que no permita que sean excluidos, que tengan educación, salud y alimentación. Y, por otro lado, en los casos en que sucedan los delitos, se necesita una buena ley penal juvenil que favorezca por encima de todo la rehabilitación y la recuperación de esos chicos. Bajar la edad de imputabilidad hace recordar al ‘efecto Blumberg’: lo único que conseguiría es llenar las cárceles de pibes.”
María del Carmen Verdú, Abogada de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi), se preguntó: “¿Cuánto hace que se viene hablando del tema de la imputabilidad? ¿Cambió en algo la situación? No. Si vamos a hablar de inseguridad, miremos en primer lugar quién y dónde se produce. Está demostrado que en Argentina no hay actividad delictiva –desde el crimen organizado hasta el raterismo– que no presente algún punto de conexión con el sistema represivo del Estado. Enormes cantidades de hechos relacionados con la inseguridad, cada vez más personalizada en las figuras de los jóvenes, tienen que ver con zonas liberadas por la policía, y hasta incluso tienen como protagonistas a miembros de esa fuerza. Los ‘escuadrones de la muerte’ matan sólo a los chicos que no roban para ellos. O sea que mientras generan el delito, atacan y castigan al más pequeño eslabón. El sistema penal actual afecta a todos los chicos ya que lo último que hace es proteger sus derechos, y menos de los chicos pobres. Los chicos de familias de más recursos tienen un excelente abogado y, en caso de internación, terminan en una clínica privada donde los tratan mejor que en su casa. El problema es de los menores pobres y la solución para eso está en la modificación del esquema social.”
NOTA DE CAPITULO INFANCIA, DE PERIODISMO SOCIAL
Bajar la edad de imputabilidad, o el peligro de seguir acorralando a la infancia en riesgo
"Hay que bajar la edad de imputabilidad para delitos graves". Esa frase del gobernador bonaerense Daniel Scioli, dicha el miércoles pasado en una conferencia de prensa que ofreció para hablar de las acciones de su administración en materia de justicia y seguridad, logró reavivar un debate que siempre genera polémica y enfrentamientos: qué hacer con los chicos atrapados en el delito.
La reacción de la administración Scioli se produjo al conocerse que el presunto autor del asesinato de un hombre, en el partido de San Isidro, sería un chico menor de 15 años. ¿La propuesta del gobernador?: fijar la edad de imputabilidad “a partir de los 12, 13 o 14 años en los casos de delitos graves”.
El tema de la edad de imputabilidad penal aparece reiteradamente en las noticias, generalmente como reacción a un delito grave cometido por chicos y vinculado a demandas por mayor “seguridad”. Los reclamos suelen apuntar a los más jóvenes como los autores de la mayor cantidad de hechos delictivos -y cada vez más severos- y aparecen teñidos de mitos y falacias que muchos periodistas a veces fomentan recurriendo a testimonios poco idóneos que aseguran que los chicos acusados “entran por una puerta y salen por la otra” o que la justicia penal es más benévola con ellos que con los adultos.
Por ello, es necesario preguntarse ¿cuáles son las preguntas que quedan fuera del debate? ¿Cuáles son los aspectos de los que poco se habla? ¿Qué hacen las sociedades con los chicos que infringen la ley penal?; ¿qué falló antes de que un chico decida cometer un delito?; ¿cuál debe ser la finalidad de las medidas que se les aplica?; ¿qué políticas públicas hay de prevención?; ¿qué posibilidades de rearmar sus proyectos de vida tienen los chicos en los lugares de encierro?; ¿cómo erradicar prácticas institucionalizadas de maltratos, vejaciones y discriminación por origen social?
La cuestión es compleja y urgente, pero en las noticias y en el debate sobre el tema la discusión muchas veces se limita a la edad en la que los chicos en conflicto con la ley puedan ser juzgados bajo el Código Penal.
La CIDN y las Reglas de Beijing para la Administración de Justicia de Menores recomiendan un ámbito especializado para juzgar a las personas menores de 18 años, porque se reconoce a los adolescentes como personas en desarrollo, en proceso de formación para la vida adulta y decide dar una segunda oportunidad a sus miembros más jóvenes. Esto supone que sí son responsables de sus actos pero que la reacción social no debe ser de mero castigo, sino procurar su integración, a través de sanciones especiales como amonestaciones, multas, reparar el daño, prestar servicios comunitarios o la libertad asistida.
Hoy, si un chico comete un delito antes de cumplir los 16 años no puede ser sancionado penalmente, de acuerdo con las leyes 22.278/22.803, de la última dictadura. Pero la realidad muestra que si ese chico es pobre termina igualmente privado de su libertad en instituciones carcelarias, debido a que el juez puede “disponer” de él hasta los 21 años si considera que se encuentra en “peligro moral o material”. Entre los 16 a 18 años, se los puede imputar y juzgar por delitos graves. Aún cuando la CIDN lo prohíbe, el encierro es la sanción más extendida y el país tiene la mayor cantidad de condenadas a cadenas perpetuas por crímenes cometidos por chicos de menos de 18 años.
En el Congreso existen muchos proyectos de ley para reformar con diversos enfoques este sistema arbitrario y contradictorio y están dadas las condiciones para no demorar más los debates parlamentarios para al fin tener un régimen penal juvenil nacional respetuoso de las normas nacionales e internacionales de infancia, que sea marco para las normas regionales. La provincia de Buenos Aires dio el primer paso y en 2008 ya comenzó a implementar el suyo.
Los periodistas debemos estar preparados y conocer los puntos cruciales de la discusión, más allá de la edad mínima de imputabilidad, para que la población pueda informarse, formarse una opinión más allá de los prejuicios. Es así como aparecen, muchas veces, en los medios de comunicación confusiones que complican el debate.
“Una de ellas es la diferencia entre imputabilidad y punibilidad”, asegura Diego Freedman, docente de la Facultad de Derecho de la UBA y especialista en derecho penal juvenil. Agrega: “Para que una persona pueda ser sancionada debe ser imputable el delito. El concepto de imputabilidad tiene que ver con la capacidad de comprender la criminalidad de la conducta y dirigir las acciones de acuerdo a esa comprensión. Desde ya, la maduración y la formación que recibe una persona influye en la imputabilidad. Pero la imputabilidad debe analizarse siempre, puede darse el caso de un joven de 20 años, que por falta de madurez o por falta de formación no llegue a comprender la criminalidad de una conducta. A su vez, puede haber un niño de 12 años que sepa que una conducta es delito (por ejemplo, un hurto). La imputabilidad debe diferenciarse de la punibilidad, que es la posibilidad que tiene el Estado de castigar a una persona por un delito.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece que los Estados deben establecer una edad mínima de punibilidad, o sea, una edad a partir de la cual las personas menores de 18 años de edad puedan ser castigadas. Los niños que no llegan a esta edad mínima no deben ser castigados y esto no depende de su imputabilidad (puede ser que comprendan la criminalidad de la conducta). La edad mínima debe ser fijada teniendo en cuenta una política criminal del Estado e implica una renuncia al castigo penal. Esta renuncia puede tener ver con cuestiones de justicia (porque resulta inhumano aplicar un castigo a un joven de muy corta edad) o porque no resulta conveniente disponer recursos económicos para incrementar el sistema penal en desmedro de políticas sociales que pueden ser útiles para superar estos conflictos (educación, salud, vivienda, asistencia social).
Según Freedman, hoy en día la discusión está limitada en la edad de no punibilidad. “Pero por ejemplo, no se piensa que hacer con los chicos que cometen delitos. ¿Cuál debe ser la respuesta del Estado? ¿Qué medidas deben adoptarse? ¿Con qué recursos humanos y de infraestructura se cuentan? Debe tenerse en cuenta que si se amplía el campo de aplicación del sistema penal con una reducción de la edad no punibilidad va a implicar mayor cantidad de recursos destinados al castigo y no a políticas sociales. Sabemos que el castigo no disminuye los índices delictivos y que suele estigmatizar aún más a los jóvenes en conflicto con la ley penal”, aseguró.
Por ahora, las voces encontradas son muchas y cada vez se escuchan más fuerte. Pero sólo parecen ser eso: voces que se escuchan fuerte. Si hasta el propio Scioli admitió que “no tenía una postura definida sobre el tema y que pensaba que con sólo bajar la edad de imputabilidad “no se llega a la solución”.
El debate recién empieza.
El tiempo dirá.
Preguntas y respuestas sobre la justicia penal adolescente
¿Qué es? Es un sistema de administración de justicia que extiende los derechos y garantías del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de haber infringido la ley penal. Se caracteriza por la finalidad educativa y sancionadora de la pena, lo que, por un lado, permite la reparación del daño causado en cualquier fase del procedimiento y el consecuente archivo de la causa y, por otro, aconseja la menor restricción de derechos posible a la hora de imponer la sanción, siendo la privación de libertad el último recurso, sólo para infracciones muy graves y siempre por el menor tiempo posible.
¿Cuál es la finalidad? Administrar justicia de forma democrática; Fomentar la responsabilización del adolescente que ha cometido una infracción penal; Promover su integración social; Favorecer la participación de la comunidad en el proceso de reinserción social mediante la oferta de servicios y programas para el cumplimiento de medidas socio-educativas.
¿Qué diferencia existe con el sistema de justicia penal para adultos? En la justicia penal adolescente prima la educación y la reinserción social del infractor, lo que obliga a establecer procesos rápidos y ágiles y a disponer de un amplio abanico de medidas socio-educativas que permitan cumplir con esa finalidad. A su vez, establece una serie de restricciones: la prohibición de pena de muerte y el encarcelamiento de por vida.
Otras de las singularidades frente al proceso penal de adultos son: la posibilidad de no iniciar el procesamiento, suspenderlo o resolverlo anticipadamente si se estima que puede causar al adolescente un perjuicio mayor que el que él causó; la posibilidad programas de mediación para reparar el daño o conciliarse con la víctima; la exclusión de la publicidad de juicio oral; la confidencialidad respecto a la identidad del acusado; la intervención de los padres o sus representantes; la inclusión de estudios psico-sociales que orienten al juez para la imposición de la medida.
Fuente consultada: FORO por los derechos de la niñez , la adolescencia y la juvntud de la provincia de Buenos Aires.